Prohibiciones
Según reglamento aprobado por el Consejo Nacional en fecha 12 de Febrero de 2009
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Art. 4.01. Se prohíbe el uso del uniforme en los siguientes casos: a) En actividades de carácter político-partidista. b) Al no estar registrado en la Asociación, con la excepción de los grupos en formación. c) Cuando el uniforme presente un deterioro considerable o esté incompleto. d) Al dejar de pertenecer a la Asociación de Scouts de Venezuela, o cuando pese sobre el miembro de la Asociación una suspensión de actividades dictada por los organismos competentes de la Institución. |