Descripción del Uniforme Scout
Según reglamento aprobado por el Consejo Nacional en fecha 12 de Febrero de 2009
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Art. 1.01. El uniforme Scout debe ser utilizado de acuerdo a las características aquí descritas siendo este reglamento el único mecanismo por medio del cual se regula el mismo, y ningún nivel o instancia de la organización está autorizada para cambiar, omitir, incorporar, modificar tales características. Las insignias aquí indicadas son las únicas que pueden ser portadas en el uniforme, salvo las condecoraciones establecidas en el reglamento correspondiente. Art. 1.02. Para el porte de cualquier insignia no indicada expresamente aquí, deberá contar con la autorización previa del Consejo Nacional Scout. Art. 1.03. El uniforme Scout es igual para todos los miembros de la Asociación de Scouts de Venezuela, es decir para Lobeznas, Lobatos, Scouts, Rovers, Dirigentes y cualquier otro miembro activo de sexo femenino o masculino; sólo se diferenciarán por las insignias y distintivos que establece el presente Reglamento. Art. 1.05. Accesorios: Los miembros femeninos pueden optar por el uso de prendas (zarcillos, pulseras, anillos o cadenas), si así lo decide el Consejo de Grupo basándose en la opinión de los Consejos de Unidad. Deben mantener una apariencia discreta, que no entre en contradicción con la formalidad del uniforme scout y no represente un peligro para la seguridad de los miembros femeninos durante la realización de actividades. Art. 1.06. El Uniforme Scout debe estar en todo momento presentable, ninguna de sus partes se podrá portar desteñida o rota. |
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La descripción de las prendas del Uniforme son las siguientes (Según Art. 1.04 del Reglamento de Uniforme): Pulsa sobre el elemento de tu interés para ver una descripción más detallada B, C y D Pantalón, Pantalón Corto y/o Falda E Cinturón
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